El Gobierno realiza una operación de transparencia en las cuentas públicas
El informe incluye gastos que no se incluyeron en los Presupuestos de 2004 y otras operaciones que entrañan un riesgo de mayor déficit público. Se elaborará una Ley de Transparencia Económica que regulará el suministro de información en manos de la Administración.
La Ley de Estabilidad Presupuestaria incluirá disposiciones para mejorar la transparencia presupuestaria.
El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, Pedro Solbes, ha presentado al Consejo de Ministros un informe sobre la transparencia de las cuentas públicas y de la información económica suministrada por el Gobierno.
El principio de transparencia debe presidir la actividad económico-financiera del sector público. La transparencia en las cuentas públicas contribuye a dar credibilidad a la política económica, porque permite a los mercados y a los agentes económicos un puntual y exacto conocimiento de la actuación del Gobierno, con la consiguiente reducción de la incertidumbre sobre el impacto y consecuencias de la política económica.
Sin embargo, la transparencia en las cuentas públicas no dejaría de una ser una mera declaración de principios, si no se acompaña de los mecanismos pertinentes que garanticen que la sociedad conozca toda la actuación de los poderes públicos que sea relevante, sin más limitaciones que aquellas que afectan a la seguridad del Estado o a la privacidad personal.
En consecuencia, el Gobierno debe garantizar no sólo que se publique la información relevante, sino que esa publicación se realice de acuerdo con un calendario previamente establecido, utilizando los soportes informáticos más modernos para facilitar su estudio y análisis y de forma comprensible para que sea útil a los ciudadanos.
Presupuestos de 2004
Por lo que se refiere a la presentación de las cuentas públicas, la primera obligación es comunicar a la sociedad las operaciones que afectan al déficit público y que el anterior Gobierno no incluyó en los Presupuestos Generales de 2004.
En este apartado hay que incluir determinados ajustes en términos de Contabilidad Nacional por un importe de 2.750 millones de euros, un 0,35 por ciento del PIB; la deuda con Andalucía por la liquidación del sistema de financiación 1997-2001 por un importe alrededor de 2.500 millones de euros, un 0,32 por ciento del PIB; los 630 millones de euros del déficit de RTVE, un 0,08 por ciento del PIB y parte de la ejecución del aval al ICO por el crédito concedido a Argentina, que suponen otros 260 millones de euros, un 0,03 por ciento del PIB.
Gasto derivado de compromisos adquiridos en el pasado
Un segundo grupo de operaciones se refiere a aquellas que son actuaciones realizadas en el pasado, que pueden suponer un riesgo de mayor déficit y deuda públicos. En este capítulo se incluye la deuda de RENFE, el GIF y las Sociedades Estatales de Aguas.
De la deuda total de RENFE, la llamada deuda histórica suma 3.800 millones de euros. Otra parte de la deuda, 1.800 millones de euros, está asociada a la adquisición por RENFE de la infraestructura ferroviaria. Cuando el 31 de diciembre entre en vigor la Ley del Sector Ferroviario, será necesario atribuir a cada organismo que opere en el sector la parte de la deuda que le corresponda.
Por lo que se refiere al Gestor de Infraestructuras Ferroviarias, el GIF, entre 1997 y 2003 el Estado ha realizado aportaciones de capital por un importe de 6.360 millones de euros. Estas aportaciones están debidamente contabilizadas de acuerdo con los criterios de Eurostat y no computan en el déficit. Si en el futuro se modificaran los resultados económicos proyectados por el GIF, las aportaciones de capital podrían ser consideradas transferencias de capital y reflejarse como déficit público.
Un caso similar es el de las Sociedades de Aguas que entre 1997 y 2003 han recibido aportaciones de capital por 1.540 millones de euros. En caso de que los resultados económicos de esas sociedades no permitan en el futuro obtener la rentabilidad prevista, Eurostat obligaría a clasificar esas aportaciones de capital como transferencias de capital y habría que reflejarlo en el déficit público.
Otras operaciones de riesgo
En este capítulo se engloban tres grupos de empresas: las que van a ser reclasificadas como Administraciones Públicas; las que tienen encomendados importantes proyectos de inversión y las que presentan pérdidas estructurales.
Existe un grupo de empresas que actualmente no se computan en el cálculo del déficit público, pero que en el futuro van a ser reclasificadas, porque sus ingresos comerciales no cubren el 50 por ciento de sus costes de explotación. Es el caso de CDTI, FEVE, RED.ES, la Comisión Nacional de la Energía y la Comisión Nacional del Mercado de las Telecomunicaciones. El efecto económico de esa reclasificación afectará a ejercicios anteriores y será de escasa cuantía.
AENA tiene previstas inversiones por 13.200 millones de euros en el periodo 2000-2007. Entre 2000 y 2003 se han ejecutado inversiones por 5.120 millones de euros y en 2004 están previstas inversiones por 2.300 millones. AENA está financiando esas inversiones con endeudamiento que se prevé que a finales de 2004 alcancen 6.100 millones de euros, cifra que podría casi duplicarse al final del periodo.
En el caso de empresas con pérdidas estructurales, como HUNOSA, IZAR y MAYASA. Están encuadradas en el sector de sociedades no financieras porque sus ingresos cubren al menos el 50 por ciento de sus costes de explotación y, por tanto, sus pérdidas no se computan como déficit público. Sin embargo, por tratarse de empresas con pérdidas de carácter estructural, reciben aportaciones de capital a través de SEPI que sí deben incluirse dentro del déficit público. Entre 2004 y 2008 las aportaciones previstas son alrededor de 1.730 millones de euros.
Otras operaciones
Existe un último grupo de operaciones sobre las que no se dispone de información suficiente por el momento para evaluar el riesgo que entrañan sobre el déficit público.
Es el caso, por ejemplo, de las realizadas por Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales que en los últimos años han utilizado de manera creciente la creación de sociedades, consorcios, fundaciones, asociaciones público-privadas y, en general, unidades públicas dependientes que tienen por objeto la creación de infraestructuras y la gestión de servicios públicos.
Los riesgos más significativos se centran en la creación de consorcios cuya regulación legal es muy escasa. También en las asociaciones público-privadas, cuyas inversiones tienen reflejo en el déficit público según se considere que las realizan los socios privados o los públicos. El riesgo sobre el déficit público se va a producir de cara al futuro, ya que actualmente son pocos los proyectos de inversión realizados mediante este sistema.
Otras operaciones que entrañan riesgos sobre el déficit público son los avales públicos. Los más relevantes son el concedido a Argentina, que recae sobre los ejercicios 2005 y 2006 por importes de 350 millones de euros y 115 millones de euros, respectivamente y los avales concedidos por SEPI a sus empresas por un importe global de 2.075 millones de euros
También hay que incluir las indemnizaciones pendientes de abono derivadas del accidente del Prestige y que ascienden a 250 millones de euros.
Ley de Estabilidad y Transparencia Presupuestaria
El Gobierno considera prioritario mejorar el contenido de la actual Ley de Estabilidad Presupuestaria con un doble objetivo: disponer de una regla fiscal eficiente que garantice la estabilidad presupuestaria, pero que no imponga más restricciones que las estrictamente necesarias y que sea consensuada por las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales.
Para reforzar el principio de la transparencia en las cuentas públicas, se va a incorporar en la citada Ley la necesidad se someter la actividad del Gobierno y del conjunto del sector público a una mayor transparencia presupuestaria.
Para ello, se contemplarán aspectos como los siguientes: el proyecto de Presupuestos Generales del Estado deberá acompañarse de un informe que contenga un cuadro de relaciones entre el déficit presupuestario y el calculado aplicando los criterios de contabilidad nacional; se fijarán los mecanismos que permitan realizar un análisis de los riesgos futuros sobre déficit y deuda públicos vinculados a la ejecución de los principales programas de actuación públicos; los Presupuestos Generales del Estado deberán incluir información sobre la cobertura institucional de las unidades adscritas al subsector de la Administración Central; se establecerá un procedimiento que defina los canales de comunicación con las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales; se regulará un procedimiento de control y seguimiento por los centros gestores del gasto de los préstamos que concedan y se incluirá un anexo en los Presupuestos Generales con los compromisos de gastos adquiridos con cargo a ejercicios futuros, así como los avales concedidos.
Todas estos cambios están en línea con las recomendaciones del borrador del informe del FMI sobre “Observancia de los códigos y estándares de transparencia fiscal”.
Transparencia en la información económica
El Gobierno va a diseñar un marco estable y coherente para el suministro de la información económica de manera veraz, sistematizada, organizada y comprensible. Para ello, se ha requerido al INE, al Banco de España y a los distintos Ministerios para que den cuenta de la información que vienen suministrando de acuerdo a un calendario; de la que se publica sin atenerse a un calendario; La que facilitan sin la suficiente desagregación como para permitir su análisis riguroso; de la que publican en un formato que no permita tratamiento informático y, por último, la información que hasta ahora no se hace pública y podría ser de utilidad.
Una vez recopilados estos datos, la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos adoptará un acuerdo que fijará un calendario de elaboración y publicación de toda esa información de manera completa y desagregada, garantizando su accesibilidad, tratamiento y máxima difusión.
En el futuro se elaborará una Ley de Transparencia en la Información Económica que garantice y dé continuidad, más allá de avatares políticos, a las obligaciones de suministro de información transparente. La Ley contendrá un catálogo de los datos objeto de publicación; su periodicidad y calendario; el contenido mínimo de la publicación; los soportes a utilizar y las medidas que garanticen el acceso a esa información.