En un primer momento la cuestionada multa a Google era de 4.343 millones de euros, pero el Tribunal General de la Unión Europea (UE) decidió reducirla luego y llevarla hasta los 4.125 millones de euros.
La sentencia sobre la multa a Google se pudo recurrir ante el Tribunal de Justicia de la UE
El Tribunal General de la UE el miércoles estimó de manera parcial el recurso de Google contra la Comisión Europea y decidió reducir a 4.125 millones de euros la multa a Google que Bruselas le había impuesto en el año 2018; por considerar que la empresa estadounidense había aplicado restricciones ilegales a los fabricantes de dispositivos que usan su sistema operativo Android. Para reforzar su posición dominante e ir en contra de las reglas europeas sobre la competencia.
En aquel entonces, la multa a Google fue por un monto de 4.343 millones de euros. Sin embargo, la sentencia aún se pudo recurrir ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, por ser la instancia superior.
¿Por qué se originó la multa a Google?
La Comisión Europea le impuso esa multa a Google, en primer término, por obligar a los fabricantes de dispositivos Android a instalar el navegador Google Chrome y el buscador Google Search a cambio de concederles la licencia de la “Play Store”, la cual es la tienda virtual de aplicaciones móviles de esta empresa estadounidense.
En segundo término, la multa fue impuesta porque Google impidió que las compañías que deseaban vender teléfonos celulares y tabletas con aplicaciones de Google pudiesen instalar también versiones alternativas del sistema operativo en los equipos móviles (las denominadas “bifurcaciones de Android”).
Y, por último, fue impuesta la multa a la empresa tecnológica por supeditar una parte de los ingresos por publicidad de Google tanto a los fabricantes como a los operadores de redes móviles a que estos no pudieran instalar ningún otro buscador opcional a Google Search.
La decisión del Tribunal de Justicia sobre la multa a Google
En su sentencia del miércoles, Tribunal General de la Unión Europea aceptó la argumentación del Ejecutivo comunitario acerca de que la obligación de instalar los programas Google Chrome y Google Search, podía suscitar un “sesgo de statu quo”, debido a la “propensión de los usuarios” a usar las apps ya instaladas en sus teléfonos celulares y tabletas; “sin que esa ventaja pueda ser compensada por la competencia de Google”.
Además, en la sentencia se menciona que “ninguna de las críticas hechas por la empresa Google desvirtúa el análisis realizado por la Comisión Europea sobre este punto”; así lo señaló la corte con sede en Luxemburgo.
Los magistrados además aseguraron que la “Comisión podía considerar fundadamente” que la supeditación de los ingresos por publicidad a que no se instalasen apps de los competidores de Google “representaban acuerdos de exclusividad”.
Sin embargo, el fallo desestimó la argumentación que presentó Bruselas para considerar que dichos acuerdos eran “abusivos”; de tal manera que la empresa estadounidense tenía capacidad para restringir la competencia por los méritos de sus rivales.
Por una parte, el Tribunal General de la Unión Europea indicó que la constatación de la Comisión Europea de que tales acuerdos afectaban a “una parte importante de los mercados nacionales de servicios destinados a búsqueda general”; no queda corroborada totalmente por los elementos presentados por la Comisión.
¿Cuáles fueron las equivocaciones de razonamiento?
Por otra parte, la corte observó “diversas equivocaciones de razonamiento” por parte de la Comisión en la llamada prueba del “competidor igual de eficaz”; el cual se encarga de evaluar las posibilidades que hubiese tenido una compañía rival de Google para hacerle competencia en los servicios de búsqueda si su app se hubiera instalado en los dispositivos y celulares.
Esas equivocaciones de evaluación en la estimación hecha por Bruselas sobre los costes atribuibles a tal rival, sobre la valoración de su capacidad para obtener la preinstalación de su aplicación; y aun más sobre la estimación de los ingresos que podían recibirse en función de la antigüedad de los equipos móviles en circulación.
El Tribunal General también consideró que las restricciones de Google sobre la venta de dispositivos y teléfonos móviles con sistemas de Android opcionales; permitió reforzar su posición dominante en los mercados de servicios de búsqueda generales. Además, que constituyeron un obstáculo a la innovación, al limitar las ofertas disponibles para los consumidores.
Tribunal General desestimó el argumento sobre la capacidad Apple para competir de forma igualitaria
Por otro lado, el Tribunal General de la Unión Europea, también desestimó la argumentación de Google acerca de capacidad de Apple o BlackBerry para competir de forma igualitaria; debido a que, de acuerdo con la corte, sus sistemas operativos “no forman parte del mismo mercado”, ya que los fabricantes no pueden recibir las licencias de los softwares, como si sucede con el código abierto de Android.
Finalmente, el Tribunal General desestimó la argumentación de Google acerca de la supuesta vulneración del derecho a la defensa.
Google expresó su decepción por la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea
La empresa Google manifestó el miércoles encontrarse muy “decepcionada” debido a que el Tribunal General de la Unión Europea “no ha anulado completamente” la multa de los 4.343 millones de euros que la Comisión Europea le impuso durante el 2018 por aplicar restricciones ilegales a los fabricantes de equipos y dispositivos Android para “reforzar su posición dominante”.
Un portavoz de la empresa estadounidense, por medio de un comunicado que fue emitido luego de conocerse la sentencia; dijo que Android había creado más alternativas para todos, no menos y que además viene apoyando a miles de negocios exitosos en Europa y en todo el mundo. Y que la compañía se encuentra analizando antes de “tomar decisión sobre los pasos siguientes que dará”.
Para Google Android es el sistema operativo más exitoso y viable
La empresa Google cree que Android se trata del único ejemplo de un sistema operativo de código abierto viable y exitoso; capaz de ofrecerle a los usuarios más posibilidades que ninguna otra plataforma para poder descargar e instalar otras apps a las proporcionadas por defecto en los teléfonos celulares y las tabletas.
La compañía estadounidense también afirma que luego de la multa impuesta por Bruselas, decidió desligar la licencia de Google Search de la de Google Play; y que incluso fue más allá, al ofrecerle a los usuarios la alternativa de instalar navegadores y buscadores opcionales a los suyos.
Durante el mes de noviembre del año pasado, el Tribunal General de la Unión Europea confirmó la multa de 2.424 millones de Euros que la Comisión impuso a Google en el 2017; por el hecho de haber favorecido su sistema de comparación de precios ante que los de la competencia.
También la corte de la Unión Europea tiene pendiente sentenciar sobre otra sanción de 1.490 millones de euros, por cometer abuso de posición dominante en la publicidad en la Web por medio de su servicio AdSense for Search.